Los años 1986 y 1988 marcan el inicio de la evaluación de impacto ambiental en España. El 5 de octubre de 1988 se pública en el Boletín Oficial del Estado número 239, el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
Desde esa fecha, la evaluación de impacto ambiental, primero de proyectos y después, desde 2006, también de planes y programas, se ha ido consolidando como una técnica indispensable para la protección del medio ambiente, que facilita la incorporación de los criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones estratégicas, a través de la evaluación de los planes y programas, mientras que la evaluación de proyectos, garantiza una adecuada prevención de los impactos ambientales concretos, al tiempo que establece mecanismos eficaces de corrección o compensación.
Evolución y participación
La EIA ha ido evolucionando tanto en la normativa como en la participación de los diferentes agentes que actúan en la evaluación, promotores, órganos sustantivos, órgano ambiental, administraciones y público interesado.
Tras la promulgación de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental se alcanzó un triple objetivo: reforzar la protección ambiental; simplificar y agilizar los procedimientos; y homogeneizar la legislación en todo el territorio nacional.
A la vez, se observa las nuevas disposiciones de la Directiva 2014/52/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, que modifica a la Directiva 2011/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.
Se busca fomentar la participación pública. Se otorga una eficiente atención de los asuntos que tienen entrada a través de un buzón al que los ciudadanos con carácter general podrán remitir sus consultas u observaciones en relación a un plan, programa o proyecto sometido a consultas, o que esté siendo tramitado. La Ley de Evaluación Ambiental apuesta por un modelo de calidad y de responsabilidad de los agentes implicados en el procedimiento de evaluación ambiental, de manera que permite inadmitir a trámite aquellos documentos ambientales de proyectos que no reúnen unos mínimos requisitos de calidad y rigor técnico.
Evaluación ambiental estratégica.
En la Ley del Suelo Canaria (2017), contiene disposiciones relativas a la evaluación ambiental estratégica de cada uno de los instrumentos de ordenación que contiene. Para cada uno de ellos, cuando regula el procedimiento de elaboración incluye forma integrada la evaluación ambiental estratégica. Sí ocurre para las Directrices (art. 93), los planes insulares de ordenación (arts. 102 y 103), Planes Generales de Ordenación (arts. 143 y 144) y planes parciales y especiales (art. 148).
Finalmente, la disposición adicional primera se refiere a la evaluación ambiental de proyectos, regulando los proyectos que deben someterse a dicho procedimiento y remitiéndose al Anexo de la propia Ley para concretar los mismos.
En todo caso, resulta relevante que esta misma disposición deje sin vigor la legislación propia de evaluación ambiental de proyectos contenida hasta ahora en los artículos 24 a 43 de la La Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, que han sido derogados por la propia Ley 4/2017, del suelo y de los espacios naturales protegidos de Canarias que se comenta.
En su lugar, la propia disposición adicional primera dispone que “La evaluación de impacto ambiental de proyectos se realizará de conformidad con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental”.
Esta cuestión fue largamente discutida en los primeros borradores de la Ley del Suelo, finalmente corregido por el Parlamento de Canarias en las enmiendas aportadas, toda vez que la legislación nacional y europea tienen un marco mucho más preciso y riguroso que las pretensiones de aquel grupo de gobierno.
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