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Un caldo de pardelas muy caro

La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Arrecife, Margarita Gómez, ha decidido condenar a 10 de los 19 acusados por el asadero de pardelas en Alegranza en septiembre de 2015 denunciado por la Guardia Civil, tras la vista celebrada la pasada semana.

A cada uno de ellos, por un delito contra el medio ambiente, le impone pena de multa de 24 meses a razón de 12 euros por día, equivalente la medida a 8.640 euros. Todos, además, quedan inhabilitados tres años para actividades vinculadas con la caza.

Los condenados son Fernando y Juan González Berriel, Andrés Curbelo González, Antonio Quintana López, Victoriano Santana Cabrera, Juan Cuevas Alonso, Jaime Rodríguez Rodríguez, Orlando Rivera Cabrera e Ibrahim Cabrera Delgado, junto a Adal González Cabrera. Todos ellos figuraban en el listado de acusados del Ministerio Fiscal.

Islote de Alegranza

Aunque la condena nos es firme (aún cabe recurso) queda acreditado, según el texto de la sentencia que los acusados «participaron en un convite en el Islote de Alegranza, Parque Natural del Archipiélago Chiníjo (Espacio Natural Protegido), en el que iban a degustar diversos ejemplares de la pardela cenicienta que previamente habían capturado, a sabiendas de que la misma es una especie protegida, contraviniendo así las condiciones establecidas en la autorización del Cabildo Insular de Lanzarote en el expediente nº E-68-15-T que solicitó Fernando Gonzalez Berriel para realizar la actividad entre los días 4 al 12 de septiembre del 2015 y consistente en fondear en la playa del Veril en el islote de Alegranza y pasar el día en la playa».

Salieron corriendo

«Los acusados declaran en el plenario en el ejercicio de sus derechos contestando únicamente   a las preguntas que les formulan sus letrados negando la comisión de los hechos por los que vienen acusados . Orlando Rivera Cabrera manifiesta que llegó ese mismo día 8  de  septiembre, que solo fue a pasar el día en la playa, que el se llevó su comida que era carne de cabra que tiene un restaurante, que en la playa había como 40 personas, que él en ningún momento cazo pardelas, ni las comió, que cuando le identifica  la Guardia  Civil no le dijeron nada ni le pidieron la documentación, que había mucha gente en la playa pero que cuando llegó la Guardia Civil echaron a correr y se escondieron; Jaime Isaac Rodríguez igualmente declara que fue ese mismo día a la playa, que a él solo le invitaron a comer carne de cabra, que no conocía de nada a la mitad de personas que había allí, que no cazó pardelas ni las cocino, que él solo llevaba un caldero de carne de cabra, que había mucha gente, que había como 30 o 40 personas y que algunos se marcharon cuando llegó la Guardia Civil , que se identificaron y les pidieron la documentación ; Fernando Gonzalez Berriel declara  que cree que llegaron al islote  el día 4 de septiembre y que estuvieron hasta el día 9, que fueron en su barco, que él no organizo ningún convite, que el día 8 de septiembre podía haber en la isla unos 7 u 8 barcos y entre 40 y 45 personas, que cuando llegó la Guardia Civil todos salieron corriendo».

Fallo

Que debo condenar y condeno a Fernando González Berriel, Juan Carlos González Berriel, Andrés Curbelo González, Antonio Quintana López, Victoriano Santana Cabrera, Juan Cuevas Alonso, Jaime Isaac Rodríguez Rodríguez, Orlando José Rivera Cabrera, Adal González Cabrera, e lbrain Josué Cabrera Delgado como autores criminalmente responsables de un delito previsto en el art 334.1.A del CP , ya definido, a las penas, para cada uno de ellos, de multa de 24 MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE 12€, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas de conformidad con lo dispuesto en el articulo 53 del Código Penal, y la de 3 años de inhabilitación especial para la profesión u oficio relacionado con la actividad de la caza así como para el ejercicio del derecho de cazar. Deberán además abonar las costas del juicio.

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