Los caminos dentro del Paisaje (PTE-5)

Aunque es poco, pero por algo se empieza y, sobre todo, lo más importante, el articulado vincula los caminos y senderos con el planeamiento urbanístico, cuestión que llevo varios años reclamando.señales tejeda copy.jpg
La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, del Gobierno de Canarias, acaba de publicar la ORDEN de 2 de abril de 2014, por la que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Especial de Ordenación del Paisaje de Gran Canaria, PTE-5, promovido por el Cabildo Insular de Gran Canaria, BOC nº 96 de 20 de mayo de 2014.
No es muy extenso el artículo 22, pero merece la pena reproducirlo íntegramente para general conocimiento. Dice así:
«Artículo 22. Reactivación, potenciación y desarrollo de la red peatonal (caminos reales, senderos, etc.). (R)
1.- El planeamiento urbanístico procurará reactivar, potenciar y desarrollar una red peatonal de acuerdo con los siguientes criterios de actuación:
a) Potenciar y mejorar la conectividad peatonal en todo el territorio insular, acondicionando y mejorando la red insular de caminos y sendas.
b) Establecer condiciones para la rehabilitación de los firmes, los empedrados, compactaciones, etc.
También se procurará concretar la clase de puentes, pasarelas, reductos y miradores que sean idóneos para el mejor uso de los circuitos de senderismo. Asimismo, se podrá estudiar el grado de accesibilidad de las edificaciones dispersas con objeto de establecer la correcta disposición de los acceso a las mismas, procurando corregir los actuales impactos negativos producidos por vertidos y acumulaciones de residuos en los caminos existentes, así como establecer condiciones paisajísticas para la correcta inserción de los caminos que se creen nuevos.»

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *



El contenido de los comentarios a los blogs también es responsabilidad de la persona que los envía. Por todo ello, no podemos garantizar de ninguna manera la exactitud o verosimilitud de los mensajes enviados.

En los comentarios a los blogs no se permite el envío de mensajes de contenido sexista, racista, o que impliquen cualquier otro tipo de discriminación. Tampoco se permitirán mensajes difamatorios, ofensivos, ya sea en palabra o forma, que afecten a la vida privada de otras personas, que supongan amenazas, o cuyos contenidos impliquen la violación de cualquier ley española. Esto incluye los mensajes con contenidos protegidos por derechos de autor, a no ser que la persona que envía el mensaje sea la propietaria de dichos derechos.