Evaluación Ambiental Estratégica: anulación de planes urbanísticos.

Las directrices europeas al objeto de promover un desarrollo sostenible, conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la preparación y adopción de planes y programas urbanísticos, estableció varios tipos de evaluación ambiental para conocer e identificar los efectos significativos sobre la naturaleza, la geología, el paisaje, la biodiversidad, etc. urbanismo2.jpg
Esas directivas europeas se trasladan al derecho español y canario, mediante sus adaptaciones legislativas. Así, aparece en el lenguaje urbanístico los Estudios y Declaraciones de Impacto Ecológico, Evaluación, Memorias, ISA, Evaluación Ambiental Estratégica, etc… y toda una serie de terminología difícil de comprender y encajar por la ciudadanía.
Reproduzco un interesante artículo doctrinal, que lleva por título: «Más de 90 planes de urbanismo anulados judicialmente por no realizar la evaluación ambiental estratégica (EAE)», cuyo autor es José Antonio Ramos Medrano. Técnico Administración General del Ayuntamiento de Madrid, publicado en Actualidad Jurídica Ambiental.


Entre sus conclusiones apunta en su apartado «4. RECONSIDERACIÓN DE LA FIGURA DEL PLAN DE URBANISMO«, que hay «que llamar la atención sobre el hecho de que el legislador va añadiendo nuevas tareas al planeamiento urbanístico que, de forma aislada, suponen un avance importante, pero la suma de todas ellas ha supuesto un colapso de esta figura jurídica. No es sólo la evaluación ambiental estratégica sino que también se le han impuesto otras muchas funciones, como la necesidad de abordar el estudio del paisaje, la eficiencia energética, la cohesión social, el impacto de género, en Andalucía su incidencia sobre la salud, etc. Y todos estos cambios los va introduciendo el legislador sin que la administración local sea capaz de ir asumiendo todas estas funciones en la elaboración de los distintos planes de urbanismo».
Para animar su lectura, reproducimos el resumen introductorio:
Resumen:
Afortunadamente ya se está generalizando la realización de la evaluación ambiental estratégica a la hora de elaborar los planes de urbanismo, pero ha sido una evolución lenta con muchas dudas iniciales sobre el alcance de esta obligación, proceso en el que los tribunales han jugado un papel importante apostando decididamente por la obligatoriedad de su realización. Una vez conseguido el cambio de evaluar los efectos ambientales «río arriba», la primera consecuencia es la prevalencia de los aspectos de sostenibilidad a la hora de decidir el modelo de ciudad. Esto va a tener una gran incidencia sobre el esquema tradicional del urbanismo, que tiene que reformular muchos de sus principios tradicionales para dar entrada a las exigencias medioambientales, y entre ellos hay que reformular también el propio plan de ordenación urbana.
Artículo completo y más información en:
Fuente: http://www.actualidadjuridicaambiental.com/

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