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Acceso a la información ambiental: los secretos contaminantes.

La Sentencia tiene gran interés pues analiza exhaustivamente una de las principales excepciones al derecho de acceso a la información ambiental: el secreto comercial de las actividades contaminantes. Sus criterios son aplicables más allá del procedimiento de control de sustancias químicas establecido en el Reglamento REACH y pueden resultar muy útiles para las Administraciones que tienen que adoptar estas decisiones y ponderar estos dos intereses. La Administración no está vinculada por la consideración de la empresa sobre la información que considera «confidencial».justicia-exacta.png
Sentencia del Tribunal General, de 13 de enero de 2017, que desestima recurso contra decisión de la Agencia Europea de Sustancias Químicas por la que se divulga información «confidencial» presentada en procedimiento de autorización de sustancia química (Reglamento REACH)
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia.
Fuente: Tribunal General (Sala Cuarta), Asunto T-189/14 ECLI:EU:T:2017:4.
Resumen:
El Tribunal fiscaliza la legalidad de la decisión de la Agencia Europea de Sustancias Químicas de acceder a solicitud de acceso por terceros a documentos presentados con carácter confidencial en el procedimiento de autorización de la sustancia ftalato de di (2 etilhexito) conforme al Reglamento REACH (informe sobre la seguridad química, análisis de sustancias sustitutivas, análisis socioeconómico).

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Aguas residuales como recurso a explotar

El pasado día 22 de marzo, se celebró el Día Mundial del Agua y no quiero olvidarme de lo importante de la fecha y de la gestión de nuestras aguas grises.itc-agua.jpg
Este año el Día internacional estaba dedicado a las aguas residuales como recurso a explotar. La actividad humana genera aguas residuales que, en todo el mundo, son en su mayoría liberadas al medio ambiente; normalmente una vez tratadas. Canarias ha sido un ejemplo de superación, ya que ante la creciente demanda de agua, las aguas residuales tratadas pasaron a constituir en determinadas islas una alternativa para determinados usos; para ello fue preciso y aún sigue siendo cuestión de debate, cambiar el paradigma de la gestión de las aguas residuales, pasando de «tratar y verter» a «trabajar en origen, tratar, regenerar y reutilizar».

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