WhatsApp: la difamación y el insulto.
¿Se puede difamar a través de Whatsapp?
Hace poco que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Moncada (Valencia) ha condenado a un médico a reparar en su estado de Whatsapp el honor de su antiguo socio, después de que hubiera mantenido en este espacio la frase «No te fíes de Javier G.» -nombre ficticio- desde el 23 de mayo hasta el 17 de septiembre de 2013.
La sentencia condena además al demandado a difundir durante dos meses en el estado de la cuenta que tiene en esta aplicación la expresión: «Mediante sentencia de fecha 30-12-2015 J.M. fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de Javier G.».
Daños morales
El magistrado Joaquim Bosch ha condenado al acusado a indemnizar con 2.000 euros por daños morales al perjudicado, al entender que alojó durante meses en un espacio «de acceso público» una «mera descalificación, que afectó negativamente a la reputación del afectado, la cual es especialmente importante en el espacio de su profesión médica y en el ámbito de la industria de servicios de sanidad».
El estado de Whatsapp no es lugar para incorporar descalificaciones