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No llega la simplificación normativa.

Por mucho que el Gobierno de Canarias manifieste (manifestó en los debates previos de la Ley del Suelo) que iba a resolver la maraña normativa que existe en Canarias en materia de urbanismo y planeamiento, son más de una docena las normas que aún siguen vigente, sin contar, las de carácter nacional que en alguna ocasión nos afecta (p.e. Litoral, Vivienda, etc.).Codigo_de_Urbanismo.png
El Boletín Oficial del Estado, acaba de publicar (20 de agosto de 2018, ver su web), el Código de Derecho Urbanístico, cuya introducción es la siguiente:
El objeto del «Código de Derecho Urbanístico» es poner a disposición de los aplicadores de esta rama del derecho administrativo una herramienta eficaz para desarrollar su actividad profesional con la seguridad requerida. En efecto, los rápidos cambios de la normativa urbanística inducen a confusión incluso a los profesionales y contribuyen a extender la percepción del urbanismo como algo oscuro y complicado. Si bien las causas de este fenómeno escapan al ámbito de este trabajo, sólo con un constante esfuerzo de todas las administraciones públicas para promover la transparencia puede pensarse en su superación. El Código incluye todas las normas de nivel legal y reglamentario que regulan la actividad urbanística, entendida como la función pública que tiene por objeto la ordenación, la transformación, la conservación y el control del uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo, y en especial su urbanización y edificación.
El listado de normas que recoge este Código es el siguiente:

  • Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
  • Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias
  • Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales.
  • Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
  • Ley 2/2016, de 27 de septiembre, para la modificación de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
  • Decreto 11/1997, de 31 de enero. por el que se regula la constitución de un censo de edificaciones no amparadas por licencia y por el que se establecen los supuestos de suspensión de la ejecutoriedad de las órdenes de demolición.
  • Decreto 127/2001, de 5 de junio, por el que se regulan las Directrices de Ordenación.
  • Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
  • Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.
  • Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de gestión y ejecución del sistema de planeamiento de Canarias.
  • Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias.
  • Decreto 124/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Valoraciones de Canarias.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
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Treinta años de derecho urbanístico coherente


En los preámbulos del futuro debate parlamentario de la Ley del Suelo de Canarias se evidencian dos cuestiones: las prisas del Gobierno de Clavijo por su aprobación para contentar a su «parroquia» y, en segundo lugar, la renuncia al modelo de gestión integral y coherente del territorio canario.

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El pasado 26 de julio se cumplieron treinta y un años de la aprobación de la primera norma jurídica relacionada con el territorio del Parlamento de Canarias. Fue la Ley 3/1985, de 26 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Protección de la Naturaleza. Con apenas cinco artículos el legislador, de entonces, deja patente la preocupación por el equilibrio ambiental a la vez que reconoce la incidencia que sobre este equilibrio tiene «la actividad edificatoria de carácter ilegal y abusiva».
Estábamos estrenando Parlamento. Dos años antes, el 30 de mayo de 1983, se constituyó el primer órgano representativo del pueblo canario, después de la aprobación del Estatuto Autonómico el 10 de agosto de 1982.

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Planeamiento en Canarias: algunas contradicciones.

Ya lo dijimos en su momento: la apresurada aprobación de la Ley 14/14 (de Armonización… y otras muchas cosas) no tiene nada de «simplificación» y como veremos a continuación tiene muchas contradicciones.
También lo advirtió en su informe el Consejo Consultivo de Canarias (Dictamen 82/2014) que la maraña legislativa aumentaba el «riesgo que para la seguridad jurídica supone la dispersión y proliferación normativa» (pag 14 del citado Dictamen). En franca contradicción con los objetivos que perseguía Domingo Berriel, el entonces consejero de política territorial. planeamiento.jpg
La COTMAC acaba de publicar un acuerdo de lo más interesante, informativo y revelador de la poca «acomodación» (como ellos le llaman a los patinazos de la 14/14). El acuerdo publicado en el BOC formula «instrucciones relativa a la adecuación de la legislación estatal de los trámites previstos para la Evaluación Ambiental Estratégica en la Legislación Autonómica Canaria».
Resumiendo y después de leer las 17 páginas del documento, la COTMAC ha tenido que «clarificar» los procedimientos para que Cabildos y Ayuntamientos se aclaren ante los despropósitos del poder legislativo canario.
Una ley cada 1.000 km2 de superficie

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