El activismo judicial
El nuevo documento del Observatorio de Políticas Ambientales, referido al periodo 2014 ya se ha publicado.
En el mismo encontramos un sugerente articulo titulado «Canarias: el activismo judicial contra los parques naturales», de más de 20 páginas escrito por el Profesor Dr. Don Adolfo Jiménez Jaén, especialista en derecho administrativo de la ULPGC.
En su extenso artículo tiene un párrafo que merece destacar:
Este año no hay que reseñar normativa ambiental alguna en Canarias. En el tercer año de legislatura y la Comunidad Autónoma, aunque carece de normativa en buena parte de los sectores ambientales más importantes, sin embargo, no cuenta con un programa
normativo en esta materia.
La única norma a reseñar es la ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y de modernización turística de Canarias, que aunque no se trata de una norma ambiental propiamente dicha, merece algún comentario por el impacto de la actividad turística en el territorio de las islas.
Para ello, es preciso recordar que por Ley 19/2003, de 14 de abril, se aprobaron las Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias, entre cuyas medidas se encontraba el establecimiento de límites al crecimiento de la actividad turística, imponiendo límites temporales y territoriales al mismo. Pues bien, la nueva Ley acaba con esa etapa, eliminando todo tipo de límites y ritmos al crecimiento turístico, y no estableciendo otras condiciones más que las relativas al tipo y categoría
de establecimiento a construir: hoteles de 5 estrellas y a los establecimientos extrahoteleros, condicionado en los apartamentos a la categoría de 5 estrellas (art. 4.2.c) pero, en ambos casos, sin ningún condicionamiento complementario ni temporal, además de permitir los establecimientos el turismo rural y los que se pretendan ubicar en suelo urbano consolidado no turístico.