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Nueva ley del suelo estatal

Se publicó en el BOE el pasado 31 de octubre de 2015 y se llama: Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Este Real Decreto Legislativo tiene por objeto refundir en un solo cuerpo legal el texto refundido de la Ley de suelo de 2008 (Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio) y la mayor parte de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Todo ello con base en la delegación recogida en el artículo Uno, h) de la Ley 20/2014, de 29 de octubre, por la que se delega en el Gobierno la potestad de dictar diversos textos refundidos, en virtud de lo establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución Española.
De conformidad con el expositivo, la refundición plantea dos objetivos: Por un lado, aclarar, regularizar y armonizar la terminología y el contenido dispositivo de ambos textos legales; por el otro, estructurar y ordenar en una única disposición general los preceptos de diferente naturaleza y alcance que contienen aquéllos. De este modo, se trata de evitar la dispersión de tales normas y el fraccionamiento de las disposiciones que recogen la legislación estatal en materia de suelo y rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.urbanismo2.jpg
Entrada en vigor: 31 de octubre de 2015.
Normas afectadas: Deroga las siguientes normas:
1. a) El Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo.
2. b) Los artículos 1 a 19, las disposiciones adicionales primera a cuarta, las disposiciones transitorias primera y segunda y las disposiciones finales duodécima y decimoctava de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, así como las disposiciones finales decimonovena y vigésima de esta norma, en la medida en que se refieren a alguno de los preceptos derogados.

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Senderos para generar riqueza

Cada vez son más los turistas que visitan Canarias para recorrerla a pie. Tanto es así que por ejemplo en Tenerife el senderismo es la segunda actividad que escogen los visitantes, por detrás de la visita a parques temáticos. Los expertos dicen que el senderismo llevará riqueza a los territorios excluidos del reciente desarrollo turístico.LOGO_WEB_TURISMO_VALLESECO.jpg
El senderismo y las actividades vinculadas con la naturaleza son ya una fuente de riqueza para aquellos lugares por los que pasa un camino, donde hay una casa rural o donde los caminantes se paran a tomar un refrigerio o comer, pero no es suficiente. El profesor de Geografía Humana de la Universidad de La Laguna (ULL) y experto en el fomento del valor de los espacios rurales, Vicente Zapata, considera primordial que toda la comunidad empuje en la misma dirección, con proyectos comunes y estrategias globales de gestión. De ese modo se pueden complementar las ofertas existentes, sin reiterarlas y, sobre todo, dice, que vecinos, empresarios y administraciones «sientan que generan valor y actividad» al lugar.

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