Activismo judicial contra los parques naturales en Canarias.

El Profesor, Doctor en Derecho por la ULPGC, Adolfo Jiménez Jaén, escribe, una vez más, su artículo en la publicación que Observatorio de Políticas Ambientales 2014, que Aranzadi ha editado. Un libro compuesto por un total de 961 páginas.
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Según el Dr. Jiménez «la situación de crisis que afecta a todo el Estado y que ha tenido una importante incidencia en la actividad económica de las Islas Canarias, esta. provocando un retraimiento en la aprobación de nuevas normas ambientales. En general, durante los últimos años, pero sobre todo en el actual, la tónica ha sido la de evitar la aprobación de normativa ambiental, de lo cual es un buen ejemplo la crónica que en este momento se presenta. La única norma con una cierta relevancia ambiental, es realmente una norma relativa a la renovación y recualificación turística».


Asevera que «ante la falta de actividad del Gobierno, los grupos ambientales han empezado a tomar algunas iniciativas, como, por ejemplo, la de presentar, probablemente durante el año 2014, una Iniciativa Legislativa Popular sobre el fomento de las energ.as renovables y del ahorro energético»
Analiza en este informe, el profesor de derecho administrativo la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 28 de noviembre de 2012, que resuelve el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo que anula una sanción impuesta por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural contra una empresa propietaria de una finca situada en el Parque Natural de Tamadaba (Isla de Gran Canaria) por la comisión de una falta muy grave consistente en obra de construcción de nueva edificación destinada al esparcimiento de los residentes donde anteriormente exista un alpendre.
En dicha Sentencia se fundamenta en doctrina del Tribunal Supremo sobre la necesidad
de que la declaración de un Parque Natural vaya precedida de la tramitación
y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, de
lo que deduce que la declaración del parque Natural de Tamadaba no esta vigente.
El recurso fue presentado por la ya mencionada Agencia de Protección del Medio
Urbano y Natural, que alega la vigencia del correspondiente Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque en cuestión. La Sentencia de la Sala rechaza el recurso y confirma la sentencia de instancia.

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