Sónares militares
Recordaran que hace unos años apareció la noticia de una muerte masiva de zífios en las aguas canarias. Aquel atentado medioambiental se «imputó» a una maniobras militares cercanas y que se estudiaron, tras la autopsia de los zifios varados, que podrían estar relacionadas con los sónares militares de los buques de guerra.
Por su interés para Canarias, y para el conocimiento de la normativa y legislación, quiero traer hoy a este blog un artículo de Miguel Ángel Franco García, Comandante Auditor del Cuerpo Jurídico Militar de la Defensa, doctor en Derecho por la Universidad de A Coruña.
Nos dice que «En nuestro Derecho interno, las medidas protectoras de los cetáceos frente a la contaminación acústica submarina de origen antropogénico brillan por su
ausencia. Únicamente se alude limitada e indirectamente por vía reglamentaria,
dentro del marco general de protección de los cetáceos, a la prohibición del
uso de sistemas de sónar y/o acústicos en las actividades recreativas y de
observación. Sólo se percibe un mínimo enfoque integrador cívico-militar, en
cuanto a la colaboración militar en la vigilancia y control sobre las actividades
prohibidas, y también, respecto a la transmisión de la información cuando el
efecto dañoso se ha producido en los cetáceos».
Resumen:
Este artículo aborda la cuestión de la protección que diversas normas, nacionales e internacionales, dispensan a los animales marinos frente a la contaminación acústica de origen antropogénico. Se analiza, en particular, el régimen jurídico tuitivo de los cetáceos frente al ruido producido por los sónares de los buques de guerra.